jueves, 12 de septiembre de 2013

Sentencia Audiencia Nacional

Se da a conocer la sentencia 24/2013 por la cual cuatro personas son condenadas por primera vez en la Audiencia Nacional como integrantes de Resistencia Galega por delitos relacionados con el terrorismo.
Eduardo Vigo y Roberto Domínguez son condenados a 18 años cada uno por participación en organización terrorista, tenencia de explosivos con fines terroristas y falsificación de documentos oficiales con fines terroristas, mientras que Antón Santos y María Osorio son condenados a diez años por los mismos delitos salvo el de tenencia de explosivos.
De acuerdo con el auto del magistrado instructor, Antón Santos es “el responsable intelectual del movimiento independentista en Galicia”.

A raíz de conocerse la sentencia, el presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Nuñez Feijóo, afirmó que quienes no condenan el terrorismo en la comunidad son los grupos del arco parlamentario que mantienen una "pose revolucionaria que a veces se les va de las manos". Justificar que se emplee la violencia es "repugnante" e "impropio" en todo representante democrático del pueblo y "no sé qué están esperando que ocurra para condenar claramente" los ataques con artefactos explosivos a sedes de partidos, bancos e infraestructuras ferroviarias.
El portavoz de Anova, Xosé Manuel Beiras, lamentó las "duras" condenas impuestas y las vincula a "una política reaccionaria de involución respecto a los derechos cívicos y democráticos que se viene practicando por los gobiernos del Estado español". Beiras afirma que estas sentencias reflejan que el papel del Estado "ha dejado de ser velar por la calidad de vida y los derechos de los ciudadanos y los colectivos de las naciones".

El abogado defensor, Manuel Chao, anunció que se recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo al considerar la sentencia "injusta, exagerada" y que "viola los derechos fundamentales de los acusados". El abogado afirma que "no quedó probada la existencia de una organización  terrorista" en Galicia.
Uno de los peritos de la defensa, Bernardo Máiz, criticó los  informes de la acusación, a los que acusó de ser "infantiles y no tener planteamiento científico ninguno". "Están hechos al revés de como hay que hacer un informe de ciencias sociales: parten de una conclusión previa y buscan argumentos para demostrar que eso existe", aseguró, antes de poner distintos ejemplos, como "el invento de unas siglas --ReGa--" o el "empleo del escudo diseñado por Castelao como posible escudo de  Galicia como distintivo de la banda".
Bernardo Máiz criticó la "actitud" de "total y  absoluto desprecio" hacia los peritos de la defensa por parte del  "presidente del tribunal" que "condicionó todo el juicio" y por la cual tanto él como el otro perito fueron "expulsados durante su  exposición".

Con fecha 9 de abril de 2014, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirma los delitos que apreció la Audiencia Nacional -participación en organización terrorista, falsificación en documento oficial y tenencia de explosivos, este último en dos de los acusados-,  pero rebaja las penas atendiendo a que los recurrentes carecen de antecedentes penales, y a que la organización a la que pertenecen está en fase incipiente y sin una consolidada estructuración.

Las condenas de Eduardo Vigo y Roberto Domínguez pasan de 18 años de cárcel a 13 años y 9 meses; y las de Antón Santos y María Osorio, de 10 años a 7 años y 9 meses y un día.

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